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Por Resolución del Sr. Alcalde, de fecha 29 de mayo de 2019, se han desestimado las alegaciones presentadas contra la aprobación inicial de 26 de noviembre de 2018, y se ha aprobado definitivamente el proyecto de Modificación de los Estatutos (que afecta a los artículos 1, 2, 5, 11, 12, 13, 16, 20, 30 DA 1.ª, DA 2.ª) y anexo de Bases Técnicas de la Junta de Compensación de la Unidad de Actuación Única del Sector SUS- 11 «Ferial» de este término municipal. (Expediente GEN-PLAN/2018/6).
La presente Resolución pone fin a la vía administrativa y de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, contra dicho acto los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, o a partir del día siguiente al de la notificación individualizada a los interesados, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
La presente Resolución, podrá ser recurrida con carácter previo y potestativo en reposición ante el Alcalde, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación en el BORM, o a partir del día siguiente al de la notificación individualizada a los interesados, no pudiéndose interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cieza, 6 de junio de 2019.¿El Alcalde.
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