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2. Procedimiento a
seguir por las Comisiones Permanentes de Escolarización:
a) Los centros docentes, contarán con modelos específicos
de impresos de solicitud de para cada nivel educativo en periodo
no ordinario (ANEXOS II y III), que deberán ser cumplimentados
por los solicitantes.
b) Los centros docentes que tengan vacantes, y, a los cuales se
dirijan para solicitar plaza los representantes legales de los
alumnos, procederán a la escolarización del alumno,
comunicándole tal circunstancia a la Comisión Permanente.
c) Los centros que no cuenten con vacantes, deberán facilitar
el impreso de solicitud correspondiente a los representantes legales
de los alumnos que lo demanden, remitiéndoles en todo caso,
a la sede de la Comisión donde deberán presentarla.
d) Una vez conocida la necesidad de escolarizar a un determinado
alumno en periodo extraordinario, las Comisiones Permanentes realizarán
la propuesta de escolarización en función de:
•Prioridad de centros que se solicitan.
•Proximidad al domicilio.
•Presencia de familiares de primer grado matriculados en
el centro solicitado.
•Circunstancia de minusvalía de los familiares de
primer grado.
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Instrucciones para el Procedimiento
de Admisión de Alumnos para el Curso 2004-2005 de la Secretaría
Sectorial de Educación, Anexo-IV, título III, punto
2.
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